La apreciación llegó al mismo tiempo en que la comisión de Salud de la Cámara de Diputados en la Legislatura santafesina empezó a analizar el proyecto para sancionar a los conductores particulares que circulen por las rutas santafesinas y no puedan pasar un test de alcoholemia, eliminado el mínimo tolerable de 0,5 gramos por litro de alcohol en sangre vigente actualmente.
La iniciativa busca la adhesión a la ley nacional, promulgada hace poco más de un año y unificar las normativas de la Nación, provincia y algunos municipios, como Rosario y Santa Fe, que cuentan con sus propias ordenanzas de alcohol cero para quienes conduzcan vehículos en las calles de esas ciudades.
La propuesta fue presentada por el diputado provincial Fabián Palo Oliver (bloque Frente Amplio por la Soberanía) con el objetivo de generar conciencia sobre los efectos nocivos del consumo de alcohol u otras sustancias y la conducción de vehículos.
El proyecto no está exento de polémica. Aymo remitió a los legisladores provinciales un escrito donde afirma que “la norma de tolerancia cero es impracticable, como ya lo demostró la experiencia europea y de países de la región, como por ejemplo Chile”. En el país vecino, sostuvo, se comenzó con esta iniciativa, se desandó el camino y en este momento la ley acepta el límite máximo de 0,3 gramo de alcohol por litro de sangre. “En un futuro podríamos aspirar a ese número, que sí me parece más prudente”, relató.
En el documento ingresado en la Cámara Baja el médico afirma que “ante la cercanía de la posibilidad de tratar la Ley de alcohol cero en el recinto, me permito acercarles a ustedes una serie de informaciones basadas en evidencia, que demuestran que la legislación de alcohol 0,0 gr/litro de sangre es impracticable e ineficiente si se busca disminuir las cifras de muertos y heridos graves en el tránsito”.
Si bien afirma que “estamos totalmente convencidos que los conductores no deben consumir alcohol si van a conducir o sea compartimos el concepto de Alcohol 0”, pero advirtió “una cosa muy distinta es pretender que un aparato de medición, asegure el 0,0 sin incertidumbre y además sin la necesaria y explicita mención en la ley, del derecho de los usuarios de solicitar una contraprueba”.
Aymo recordó que los alcoholímetros, aparatos de medición de alcohol en aire expirados, son homologados y calibrados por el INTI (Instituto Nacional de Tecnología Industrial), pero hay resoluciones de la Secretaria de Comercio Interior (las número 145 /2012 y 91/2015) que establecen que las mediciones tienen un “error máximo permitido es de 0,041 g/l sangre, por lo tanto, no es aconsejable establecer como límite legal 0 g por litro de sangre”.
Por eso, consideró, “un esquema de control basado en mediciones que arrojen el resultado cero, exento de toda tolerancia implica un error conceptual desde el punto de vista metodológico y una arbitrariedad desde el punto de vista jurídico”.
Y concluyó, “con la ley de alcohol cero, Argentina entró en el selecto grupo de países que han fracasado en su lucha para erradicar el alcohol en los conductores y tienen los peores índices de muertos y heridos graves en el tránsito”.