Mediante la resolución 3320 publicada hoy en el Boletín Oficial, el Ministerio de Salud de la Nación establece las nuevas condiciones para la realización de los trámites de matriculación, renovación y rehabilitación de matrículas para todos los profesionales de la salud.
Esta normativa, que deroga la resolución ministerial 404/08 y modifica el artículo 1° de la resolución ministerial 1692/22, adopta la credencial digital de estos profesionales como única y obligatoria en reemplazo de la de soporte físico, e integra los datos correspondientes a la matrícula profesional registrados en la Red Federal de Registros de Profesionales de la Salud (REFEPS) con el Perfil Digital del Ciudadano en “Mi Argentina”.
Las credenciales digitales profesionales mantendrán la vigencia por el plazo de cinco años contados a partir de la emisión de la misma. La fecha de vencimiento será coincidente con el día y mes de la fecha de nacimiento del profesional matriculado.
Las credenciales en soporte físico que se hayan otorgado con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente resolución serán válidas hasta la fecha de sus vencimientos.
Por un plazo de 5 años
Hay modificaciones en las matrículas de los profesionales de la salud: serán digitales
A partir de hoy, las credenciales de todos los profesionales de la salud registrados y no registrados pero pasibles de incorporación serán digitales, estarán disponibles en la aplicación “Mi Argentina” y tendrán una vigencia de cinco años.