
El Ministerio de Salud de la Nación informó que la receta electrónica será obligatoria para todas las indicaciones médicas. De esta manera su uso se amplía a la prescripción de medicamentos, estudios, prácticas, procedimientos y dispositivos médicos.
Lo hizo a través de la Resolución publicada este lunes en el Boletín Oficial. A partir de ahora todas las órdenes médicas deberán emitirse de modo electrónico a través de plataformas habilitadas en el Registro Nacional de Plataformas Digitales de Salud (ReNaPDiS), lo que asegura un sistema unificado, compatible y trazable en todo el país.
“Uno de los principales avances que introduce normativa esta es la implementación de la identificación unívoca y segura tanto del paciente como de cada receta emitida. Para garantizar la correcta identificación de la persona, se utilizará el CUIL como dato principal en todo el sistema de prescripción”, puede leerse en un fragmento del texto.
Clave única de identificación
Cada receta contará con una Clave Única de Identificación de Receta (CUIR), que “permitirá ubicar cada prescripción de manera precisa y segura, sin alterar ni duplicar los registros originales.
Esta clave será fundamental para fortalecer la trazabilidad de los tratamientos y garantizar la transparencia en todo el proceso”.
La nueva regulación establece un mecanismo específico para digitalizar las recetas archivadas o de prescripción restringida, como las que incluyen psicotrópicos y estupefacientes.
Plazos y dificultades
Las plataformas digitales deberán garantizar el resguardo de estas prescripciones durante un plazo mínimo de tres años, asegurando el acceso a la información para tareas de monitoreo y fiscalización.
Además los prestadores y plataformas de servicios de salud tendrán un plazo de 45 días para la identificación unívoca de las recetas, 90 días para la implementación de la solución de prescripción de medicamentos de receta archivada y 120 días para las de receta restringida.
Desde el Ministerio de Salud de la Nación explicaron que para aquellas situaciones en las que no sea posible la implementación de la receta electrónica, como ocurre en localidades alejadas o con dificultades de conectividad, seguirá vigente el uso de la receta en papel.
Requisitos de validez
La ley 27.553 establece cuáles son los requisitos de las recetas electrónicas y digitales.
- Identificación del médico o profesional de la salud: nombre, matrícula, profesión, especialidad, domicilio.
- Código de barra.
- Identificación del paciente: nombre, obra social o prepaga, fecha de nacimiento, DNI, sexo.
- Medicamento: identificado por su nombre genérico o denominación común internacional. Debe indicar: presentación, forma farmacéutica y cantidad unidades.
- Puede contener el nombre comercial del medicamento.
- Diagnóstico.
- Fecha de emisión.
- Firma digital profesional.