FINANCIAMIENTO UNIVERSITARIO

La Justicia volvió a intimar al Gobierno por las universidades y le dio cinco días para cumplir

El juez Martín Cormick consideró que el Estado no acreditó el cumplimiento total de la cautelar sobre salarios docentes y no docentes y becas estudiantiles. Si persiste el incumplimiento, podrá aplicar multas.

La Justicia volvió a intimar al Gobierno nacional para que cumpla con la medida cautelar vinculada a la Ley de Financiamiento Universitario y le otorgó un plazo de cinco días. El juez en lo Contencioso Administrativo Federal Martín Cormick consideró que el Estado no acreditó el cumplimiento total de la resolución que ordena actualizar los salarios de docentes y no docentes de las universidades públicas y recomponer los programas de becas estudiantiles.

La nueva resolución fue dictada después de que el Gobierno presentara un planteo contra la intimación anterior. Cormick amplió los fundamentos de su decisión y ratificó que la medida cautelar se encuentra firme. En caso de un nuevo incumplimiento, advirtió que podrá aplicar astreintes, es decir, multas económicas.

El cálculo de los salarios

Al analizar el artículo 5° de la Ley 27.795, referido a los salarios universitarios, el magistrado reconoció que el Estado acreditó algunos avances, entre ellos las convocatorias a negociaciones paritarias y la efectivización de órdenes de pago.

Sin embargo, sostuvo que esa documentación no demuestra que los aumentos hayan sido calculados de acuerdo con el mecanismo establecido por la norma. En particular, señaló que no quedó acreditado que las actualizaciones hayan contemplado las variables de ajuste previstas por la ley.

Uno de los datos centrales de la resolución es la referencia a la inflación acumulada entre diciembre de 2023 y junio de 2026. Según el cálculo realizado con base en el IPC del INDEC, alcanzó el 312,19%.

A partir de ese dato, Cormick concluyó que de las respuestas presentadas por el Estado “no se advierte que se haya alcanzado dicho incremento”.

El juez también rechazó el argumento oficial de que la cautelar ya habría sido cumplida y recordó que el pedido para levantarla había sido rechazado el 1° de septiembre, decisión que quedó firme.

La discusión por las becas

El segundo punto analizado corresponde al artículo 6° de la ley, que contempla la recomposición de los programas de becas estudiantiles de acuerdo con la variación acumulada del IPC.

En su presentación, el Gobierno sostuvo que, según su interpretación, la única beca alcanzada por la norma es la Beca Manuel Belgrano, y planteó que no correspondía aplicar la actualización prevista a los programas Progresar, Enfermería y otras becas.

Para Cormick, esa explicación tampoco acredita el cumplimiento de la cautelar. El magistrado señaló que el Estado reconoció haber actuado únicamente respecto de una de las becas contempladas y concluyó que el cumplimiento informado no cubre lo ordenado judicialmente.

La resolución aclara que esta consideración se limita al cumplimiento de la medida cautelar y no implica anticipar una decisión sobre el fondo de la cuestión.

Cinco días para cumplir

Tras analizar el planteo del Ejecutivo, Cormick mantuvo el criterio de la resolución del 22 de septiembre y rechazó conceder el recurso de apelación presentado en subsidio.

Finalmente, volvió a intimar al Estado Nacional para que cumpla con la medida cautelar en un plazo de cinco días, bajo apercibimiento de aplicar astreintes.

La cautelar había sido dictada por el propio Cormick y quedó firme luego de que la Corte Suprema rechazara en junio un recurso extraordinario del Gobierno. El conflicto judicial se concentra en los artículos 5 y 6 de la Ley 27.795, referidos a la recomposición salarial y a las becas universitarias.