Los montos máximos vigentes para las instituciones que sí reciben apoyo estatal van desde los $61.752 (cuando el financiamiento cubre el 100 % de los sueldos docentes) hasta los $277.883 mensuales (cuando el aporte estatal representa apenas el 40 %). Estas cifras surgen del último cálculo provincial al mes de octubre.
El reciente decreto nacional que eliminó la autorización previa para actualizar aranceles no tendrá efecto en Santa Fe por ahora, ya que la provincia mantiene su propio marco regulatorio. Según las autoridades provinciales, el esquema vigente hace más de dos décadas seguirá operando, manteniendo la relación entre aportes estatales, salarios docentes y los valores que pagan las familias.
El Gobierno nacional derogó el Decreto 2417 de 1993 y puso fin a más de tres décadas de control sobre los aranceles de los colegios privados sin aportes estatales. A partir de ahora, las instituciones de gestión privada podrán ajustar las cuotas y matrículas de manera autónoma, sin necesidad de comunicar los aumentos con antelación ni esperar una aprobación estatal.
La medida formó parte de una actualización del marco regulatorio que buscó evitar aumentos arbitrarios y dar mayor previsibilidad a las familias. Según el texto oficial, el esquema anterior empujaba a las escuelas a definir incrementos anticipados, basados en proyecciones macroeconómicas inciertas, que terminaban ubicando el precio de la educación por encima del resto de los bienes de la economía.
El cambio se formalizó a partir de la propuesta del Ministerio de Capital Humano. En la resolución se señaló que el sistema derogado obligaba a los colegios a informar, antes de noviembre de cada año, el valor de la matrícula y de cada una de las cuotas del ciclo lectivo siguiente. Esa obligación generaba una dinámica de aumentos preventivos y desfasados respecto de la realidad económica.
La actualización del marco regulatorio alinea las reglas del sector con las del régimen federal vigente que rige para universidades e institutos, donde las instituciones ya definían sus aranceles sin control previo del Poder Ejecutivo. Según el texto oficial, el cambio “favorece un entorno más propicio para la gestión de los establecimientos educativos de gestión privada, garantizando la sostenibilidad de su labor y el derecho a una educación de calidad”.
La norma también instruyó al Ministerio de Capital Humano, a través de la Secretaría de Educación, a revisar las pautas del Decreto N.º 2542/1991 con el objetivo de consolidar un esquema actualizado y acorde con la realidad económica del país. Con esa revisión se busca construir un entorno más equilibrado entre las instituciones y las familias, fortalecer la competencia entre escuelas y asegurar la sustentabilidad del sistema.
Con la nueva normativa, los colegios podrán modificar sus cuotas durante el año, siempre que lo hagan de manera gradual y justificada por el movimiento de sus costos. No habrá una autorización estatal previa ni un calendario de aumentos fijado de antemano. Cada institución definirá el momento y la magnitud del ajuste según su estructura de gastos, salarios docentes, mantenimiento e insumos.
Para las familias, el cambio significa que el costo mensual podrá variar con mayor frecuencia, aunque con aumentos teóricamente más acotados. Ya no existirá la obligación de recibir la comunicación de la cuota anual en noviembre, por lo que las variaciones podrán darse en cualquier momento del año escolar.
Los colegios, por su parte, tendrán mayor autonomía para administrar su presupuesto. Podrán ajustar sus valores cuando los costos salariales o de servicios se disparen, sin esperar a fin de año ni someterse a una aprobación estatal. Las instituciones argumentan que este cambio les permitirá proyectar inversiones, mejorar infraestructura y sostener su funcionamiento en escenarios de incertidumbre económica.
