COMPRAS TARJETA DE DEBITO

La AFIP analizará a quienes gasten más de $30.000 por mes con tarjetas de débito

A partir de esta resolución del organismo impositivo, los bancos deberán reportar cuando se detecte que una persona gaste más de esa cifra en un lapso de 30 días.

A partir de esta resolución del organismo impositivo, los bancos deberán reportar cuando se detecte que una persona gaste más de esa cifra en un lapso de 30 días: al tipo de cambio actual, equivale a unos 65 dólares. La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) elevó a $30.000 (pesos treinta mil) el monto mínimo a partir del cual las entidades financieras deben reportar los gastos, que los ciudadanos argentinos realicen cada mes en compras con tarjetas de débito.

En cuanto a las operaciones efectuadas, todos los bancos estarán obligados a comunicarle al organismo impositivo cada vez que se iguale o supere dicha cifra con adquisiciones acumuladas por esta vía de pago en un lapso de 30 días. En la actualidad, equivale a unos 65 dólares estadounidenses.

A su vez, las entidades financieras estarán obligadas a notificar a la AFIP cuando se realice una compra de $30.000 o más en una sola operación, tomándose para el cómputo los plásticos del titular y sus adicionales.

Respecto a las acreditaciones, extracciones, saldos y plazo fijos, el monto mínimo mensual a partir del cual se debe informar al fisco se elevó de $30.000 a $90.000. Esto último abarca también a los depósitos, las transferencias y los saldos en cuenta.