Baja del 2,3 por ciento

Lo dispuso el Poder Ejecutivo en la tarifa de Aguas Santafesinas S.A.

Es con motivo de un decreto que equipara el porcentaje que deben pagar de manera obligada, tanto municipios, comunas y cooperativas, al Enress. También se detalla una importante modificación, se transferirá lo cobrado y no sobre lo facturado como sucede actualmente

El Poder Ejecutivo igualó la tasa retributiva de los servicios regulatorios y de control que paga Aguas Santafesinas S.A. (ASSA) al Ente Regulador de Servicios Sanitarios (Enress) con la que vienen tributando municipios, comunas y cooperativas en el 2,60% de la facturación por servicios. Así lo determina el decreto Nº 1922 firmado por el gobernador Maximiliano Pullaro y los ministros de Obras Públicas, Lisandro Enrico, y de Economía, Pablo Olivares. El aporte de usuarios de ASSA hasta hoy es 4,92% por lo que desde el próximo mes, habrá una reducción del 2,3% en las facturas a usuarios de esa prestadora.

En decreto conocido en las últimas además establece que tanto ASSA como municipios, comunas y cooperativas “deberán ingresar el monto efectivamente cobrado correspondiente a la tasa retributiva de los servicios regulatorios y de control hasta el día 25 de cada mes siguiente al de su percepción. Los montos referidos no serán pasibles de descuentos, retenciones, embargos, ni compensaciones por parte de los prestadores”.

También dispone que el Ministerio de Economía deberá disponer las partidas presupuestarias pertinentes para brindar el financiamiento necesario al Enress.

La Ley N° 11220 creó el Enress y “una tasa retributiva de los servicios regulatorios y de control a cargo del Ente Regulador de Servicios Sanitarios, cuyo monto será fijado anualmente por el Poder Ejecutivo, y que los prestadores facturarán periódicamente a través del sistema tarifario, explicitando claramente en cada factura la cantidad correspondiente y el destino asignado”.

En el decreto se repasa lo actuado tanto desde el momento en que el servicio estaba concesionado y las posteriores modificaciones. Así, en 1995 la tasa contributiva fue fijada en el 6% de la facturación por servicios y obligando a los prestadores “a ingresar los montos facturados en ese concepto dentro de los diez primeros días corridos del mes siguiente al de su facturación e independientemente de su efectivo cobro” . En 1997, la tasa fue bajada al 4,92% para el caso de ASSA y en el 2,60% para los servicios prestados por municipios, comunas y cooperativas.

En los considerandos agrega que el decreto de 1997 “no ha tenido modificaciones hasta la fecha pero si se ha modificado en forma sustancial el contexto, dado que el prestador actual, Aguas Santafesinas S.A., es una empresa pública desde el año 2006, en continuo crecimiento desde entonces y que sirve a más de dos terceras partes de la población santafesina”. Menciona que en los estados contables se advierten “los impactos que generan el pago de dicha tasa respecto de la propia empresa al ser anticipado al pago de las facturas por parte de los usuarios, profundizando el déficit en contextos como el actual y respecto de los usuarios del servicio todo, en tanto se produce una inequidad en el porcentual del pago por la tasa que resulta necesario corregir”.

El decreto además se enanca en la Ley N° 14272 que declaró la emergencia sanitaria hasta el 31 de diciembre de 2024 “a fin de atender en forma urgente la grave situación deficitaria que atraviesa Aguas Santafesinas S.A. de modo de propender a la preservación de la sostenibilidad ambiental, social y económico-financiera de la prestación, asegurando su continuidad, regularidad y obligatoriedad”.

Fuente: el litoral.com