La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) actualizó los importes a partir de los cuales las entidades financieras y las plataformas de gestión electrónica o digital deben informar todas las transacciones, saldos y consumos de las cuentas que gestionan.
El organismo comunicó que “se encuentra abocado a la simplificación de procesos en beneficio de los contribuyentes, a través de la instrumentación de mecanismos tendientes a mejorar sus regímenes de información”.
Y precisó que, en pos de dicho objetivo, modificó la Resolución General 4298/2024. Así, los nuevos montos de referencia son los siguientes:
- En el caso de acreditaciones, extracciones en efectivo y saldos mensuales de todas las cuentas, el monto mínimo se elevó de $200.000 a $700.000.
- En el supuesto de consumos con tarjetas de débito del titular y adicionales, se elevó de $120.000 a $400.000.
Nuevos umbrales para las billeteras digitales
Por otra parte, se elevaron los montos previstos en la Resolución General 4614/2024, que establece el régimen de información para los sujetos que administran, gestionan, controlan o procesan movimientos de activos a través de plataformas de gestión electrónicas o digitales, incluidos los Proveedores de Servicios de Pago (PSP) que ofrecen cuentas de pago. En ese caso, los cambios son los siguientes:
- En el supuesto de ingresos o egresos totales, el monto se eleva de $120.000 a $400.000 y los saldos mensuales de $200.000 a $700.000.
Cabe mencionar que para ambos regímenes de información se prevé una cláusula de actualización cada seis meses, sobre la base del coeficiente que surja de las variaciones del Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC) que publica el Indec.